CONVENIOS

 " Yo, el Señor, estoy obligado cuando hacéis lo que os digo; mas cuando no hacéis lo que os digo, ninguna promesa tenéis."1

¿Cómo es que Dios está obligado? ¿Nosotros podemos colocarle en situación de estar obligado? ¿Podemos obligarlo a actuar de determinada manera? ¿Podemos llegar a torcer Su voluntad?

Para comprender el significado de este versículo, debemos conocer el contexto en que fue revelado. El propósito de esta declaración es manifestado en los versículos anteriores: para que “entenda(mos) (Su) voluntad concerniente a (n)osotros“ y para darnos “instrucciones en cuanto a la manera de conducir(nos) delante de (Él), a fin de que se torne para (n)uestra salvación” . La “obligación” de Dios no es para con nosotros sino para con el hecho de que Él es un ser fiel a los convenios que haya concertado con nosotros a través de las ordenanzas.

Por otro lado, ¿es sorprendente que el "se obligue" cuando hacemos lo que nos dice? Es decir, ¿Su voluntad? Si así no fuera sería injusto de su parte. Dios no puede ser injusto.

De manera que nuestra relación con Dios se basa en convenios con Él. Convenios que siempre implican que Su voluntad sea cumplida; en tanto que, cumpliendo nosotros nuestra parte, nos haremos acreedores a Sus promesas cómo y cuándo Él lo determine.

Debemos tener en cuenta que los convenios que podamos concertar con Él no son de carácter mercantil: nosotros le damos algo (nuestra obediencia) y Él nos compensa con las bendiciones que deseamos.

Son convenios de amor. Obedecemos porque le amamos, no porque esperemos recibir algún beneficio que busquemos. Las bendiciones deben ser consecuencia de nuestro amor hacia Él, no la causa de nuestra obediencia.

 (1) Doctrina y Convenios 82:10

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